El Defensor del Pueblo y el sello Felicidades (2)

Escrito por Afinet.

Recibida una primera comunicación. Es un simple acuse de recibo, pero resulta alentadora una respuesta tan rápida. Éste es el texto:

Se acusa recibo de su escrito, que ha sido registrado con el número arriba indicado, al que debe hacer referencia si se dirige de nuevo a esta institución.
Una vez que se estudie el asunto que ha sometido a la consideración del Defensor del Pueblo se le remitirá una comunicación con toda la información relativa al mismo.
La presentación de un escrito en el Defensor del Pueblo no suspende la ejecución de las resoluciones administrativas o judiciales, ni tampoco interrumpe los plazos legales para recurrir contra ellas, si fuera procedente.