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Subsidio Pro Combatiente en Donostia-San Sebastián

Escrito por Aitor Goitia Kortazar.

 

Montando como ando fiscales, parafiscales y viñetas vascas de todo tipo utilizadas en todas las épocas, tengo que esta factura de una tienda de antigüedades de Donostia/ San Sebastián, de Septiembre de 1941.

La compra fue de:

. Una tinaja de barro cocido hispano-árabe del siglo XVI con pie de hierro por 200 Ptas.

. Otra tinaja de barro cocido hispano- árabe del mismo siglo que el anterior por 295 Ptas.

. Un collar de cuentas de ópalo por 125 Ptas.

. Una reproducción de farolito mudéjar por ......REGALO !!!!   (Ver final del articulo).

El embalaje para el envío costó 620 ptas.

Los impuestos que era el 30% del valor de la compra fueron 186 Ptas.

Estas 186 pesetas se dividieron en 161 Ptas. en subsidio para el combatiente y en 25 Ptas. en timbre especial para facturas y recibos.

El denominado Subsidio al Combatiente fue un impuesto o recargo impositivo existente antecesora del Impuesto sobre el Lujo que fue establecido en plena Guerra Civil por Decreto 174 de F. Franco de 8 de enero de 1937, con la finalidad de financiar un fondo de ayuda a los combatientes y sus familias. Tras la guerra pasó a llamarse Subsidio al EX-Combatiente, aunque se siguieron utilizando remanentes del anterior.

Desde entonces hubo unas cuantas reformas para su cobro hasta su desaparición en Octubre de 1946, en la que a veces se incluía dentro del impuesto del timbre, o iba acompañado de este, como en el de la imagen o bien iban solos.

Según el Decreto, lo recaudado debía de ir a un fondo destinado a (Sic) "socorrer a quienes lo necesiten sin perjuicio de los premios o preferencias que puedan otorgar a los combatientes una vez terminada la campaña".

Siendo beneficiarios de esos fondos:

. Los combatientes que se encontrasen en cualquier frente bien fuese combatiendo u hospitalizados a consecuencia de la campaña, bien haber fallecido por esta, o se hubiese quedado incapacitados permanentemente.

. Hallarse familiares viviendo bajo el mismo techo que el combatiente, siendo este el sustento de estos.

. No tener ingresos o no tenerlos suficientes para las necesidades de la vida. 

Al comienzo el subsidio tenía una cuantía de 3 Ptas. diarias que se entregaban por parte de la Junta de defensa Nacional al familiar más próximo al combatiente, más una peseta por cada familiar conviviente, hasta un máximo de 5 ptas. En abril de 1938 se redujo a 2 pesetas diarias máximo. 

Se aplicaba en la compra de los siguientes productos:

. Tabaco de todo tipo

. Entradas en espectáculos públicos

. Consumiciones en Hostelería y similares

. Servicios y consumiciones en Hoteles, fondas y similares

. Compra de perfumes

. Pieles de abrigo, joyas, alhajas, ...

. ...

Como dato curioso de esta factura, es la clienta, que no es otra que Carmen Polo, por eso que se le regalase la reproducción del farolito a la que seguro echo un ojo. Otro dato curioso que ponga PAGADO al comienzo y RECIBÍ al final. 

Es conocido por aquí, que Carmen "La collares" no pagaba sus compras. Las tiendas principalmente joyerías estaban obligados a tener sus establecimientos abiertos cuando ella visitaba en este caso Donostia- San Sebastián, en el que se albergaban en el Palacio de Aiete por lo cual los joyeros lo que hacían era digamos que poner un "bote" entre todos, y así poder pagar los caprichos de la que en la factura denominan Excelentísima Señora y no arruinarse en ocasiones, es decir creaban un "Subsidio Pro-joyeros" para cada visita, mientras su marido se encargaba de pescar cachalotes a cañonazos, ya que el arpón/es que tenía en el yate Azor eran eso, cañones de guerra modificados que tiraban arpones, hasta que en 1955 instalaron ya un cañón arponero. 

 

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