La pieza de la semana

Escrito por Jaume Balsells Padrós.

Desde la junta directiva hemos querido que esta sección sea participativa y la vemos como una oportunidad para que todos los socios podamos mostrar una parte de nuestras colecciones al resto de la comunidad filatélica.

Todos los socios ya registrados han sido incluidos en la lista de participantes en esta sección. No hay ninguna restricción en cuanto a las piezas que se pueden mostrar; cartas, sellos, matasellos, etc. Tampoco existe limitación en cuanto al área de la filatelia; España, ex-colonias, otros paises, temáticas, etc. No pretendemos que esta sección sea exclusivamente un desfile de piezas raras y valiosas. Cualquier pieza de la que se esté orgulloso o que resulte curiosa es valida para esta sección.

Si eres socio de Afinet y no has recibido un mensaje con más detalles, contacta con el coordinador de esta sección: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

Atención a las falsificaciones

Escrito por Afinet.

AFINET inicia a través de ebay una campaña para advertir a los coleccionistas contra las falsificaciones que se ponen a la venta en subastas a través de Internet.

A través de la inserción de lotes en subastas por Internet, intentamos prevenir a los coleccionistas sobre el gran fraude que cometen algunos vendedores sin escrúpulos y que tanto daño hace a la comunidad filatélica.

Para ver este aviso, hacer clic
AQUÍ

El Defensor del Pueblo y el sello Felicidades (2)

Escrito por Afinet.

Recibida una primera comunicación. Es un simple acuse de recibo, pero resulta alentadora una respuesta tan rápida. Éste es el texto:

Se acusa recibo de su escrito, que ha sido registrado con el número arriba indicado, al que debe hacer referencia si se dirige de nuevo a esta institución.
Una vez que se estudie el asunto que ha sometido a la consideración del Defensor del Pueblo se le remitirá una comunicación con toda la información relativa al mismo.
La presentación de un escrito en el Defensor del Pueblo no suspende la ejecución de las resoluciones administrativas o judiciales, ni tampoco interrumpe los plazos legales para recurrir contra ellas, si fuera procedente.